6 de agosto de 2012

AYUDAS A FAMILIAS PARA CONCILIACIÓN Y FOMENTO DE NATALIDAD


La Consejería de Salud y Política Social convoca ayudas a familias como medida de conciliación de vida familiar y laboral y fomento de natalidad


La Consejería de Salud y Política Social ha hecho pública la convocatoria para la concesión de ayudas a las familias residentes en Extremadura, para la conciliación de la vida familiar y laboral y el fomento de la natalidad, con un presupuesto de 304.808 euros para el año 2012.

La finalidad de esta orden es la regulación del régimen de ayudas a otorgar a las familias residentes en Extremadura por nacimiento, la adopción o el acogimiento preadoptivo o situación equivalente en el caso de adopción internacional del segundo y/o sucesivos hijos, con el objetivo de hacer compatible la vida familiar y laboral, así como incentivar la natalidad en la comunidad.

El procedimiento para la concesión de esta línea de ayudas será el de concesión directa mediante convocatoria abierta y el plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el DOE hasta el 30 de noviembre del 2012.

REQUISITOS

Entre los requisitos que el solicitante debe cumplir para poder acogerse a estas ayudas destacan ser padre o madre por naturaleza o adopción y formalizar la solicitud en el plazo de un mes después del nacimiento o notificación de adopción, acogimiento preadoptivo o situación equivalente en el caso de adopción internacional.

Asimismo, se tendrá en cuenta el nivel de renta del solicitante, y deberán acreditar la residencia legal en España en caso de solicitantes extranjeros.

Por otro lado, el solicitante debe figurar empadronado y residir en cualquier municipio de la región con al menos un año de antelación, y no haber sido privado de la patria potestad del menor en cuyo favor se solicita la ayuda.


CARACTERÍSTICAS DE LAS AYUDAS

La ayuda consistirá en el abono de pago único de 500 euros por nacimiento, adopción o acogimiento preadoptivo o situaciones equivalentes en caso de adopción internacional del segundo hijo, y de 1.000 euros en caso de tercer y/o sucesivos hijos.

En caso de que estos supuestos fueran múltiples, se establece una ayuda de 1.000 euros en caso del nacimiento, adopción o acogimiento preadoptivo o situaciones equivalentes en caso de adopción internacional de dos hijos y de 1.500 euros en caso de tres o más hijos.

Para ver la información completa, hac clic en el enlace 
http://www.gobex.es/salaprensa/view/press/press/detalle.php?id=5903

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